Registro de Software

Estoy terminando un software cms y lo mas seguro es que acabe instalandolo en mi lugar de trabajo, par facilitarme la vida. Pero aquí son mu cucos, y me temo que si acaba funcionando correctamente, querrán registrarlo a su nombre y rentabilizarlo de alguna forma, y el caso es que es mio y solo mio ( mi tesssssoro). Prefiero no tener negocios con ellos, solo la nómina mensual.
Asíque me puse a mirar en la web y dan una serie de opciones. La primera es el Registro de la Propiedad Intelectual, pero las condiciones de registro están un poco absoletas:

Hace falta aportar: el código fuente del programa. Puede presentarse impreso en apoyo papel y encuadernado, o bien, en apoyo CD. En este caso el código debe ser abierto, es decir, ni codificado, ni comprimido, ni encriptado etc., que ponemos el CD, y se lea directamente como si fuera en papel.

También se debe traer un ejecutable de la obra. Este ejecutable, debería ser autoejecutable, es decir, que no haga falta instalarlo a nuestro disco duro, ni requiera ningún programa especial para visionarlo. Que se ponga el CD a la disquetera, y automáticamente se arranque. Si esto no fuera técnicamente posible, se puede sustituir por un manual de uso, donde se indique claramente y con detalle, como funciona la aplicación, que hace, como se utiliza etc., adjuntando impresiones de las pantallas, que permitan visualizar el programa.


Otra opción es el Deposito Notarial, pero ponen como pega el precio y que el RPI tiene más validez, en cuanto que es a terceros.

Y luego me he encontrado otro sitio interesante: www.safecreative.org que se supone que dan fe de registro de cualquier obra intelectual que les puedas enviar.¿Lo conoceis?

Si teneis alguna idea mejor, habeis estado en esta circunstancia o podeis aportar algo, será bienvenido.

Por cierto, el software esta desarrollado en el servidor en php4 y en cliente en adobe air.

Comentarios

Pirilón ha dicho que…
Pos no sé, a mí la burocracia española me da bastante grima (aún tengo el carnet de conducir inglés :-)

Pero es buena idea registrarlo, porque en un momento dado les puedes meter un puro bastante simpático si van de listos y te puedes sacar una pasta.
raulito ha dicho que…
si tienes conexion a internet en el trabajo, yo te aconsejaría que el servidor lo pongas fuera, con lo que siempre tendrías control del mismo.
rober ha dicho que…
Antes de nada deberías releerte el contrato que tengas en tu curro. En muchos casos firmamos un contrato leonino en el cual casi todo lo que haga uno le pertenece a la empresa, y mediante el cual, tienes que ser tú el que demuestre que ese software lo desarrollaste fuera del horario de trabajo y no al contrario. Ojito, ojito.

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